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SII

El SII (Suministro Inmediato de Información del IVA) ha aparecido por un cambio en la gestión del IVA en España. A partir de ahora, la gestión de los libros del IVA se puede realizar y modificar desde la sede electrónica de la AEAT. Este nuevo sistema de administración presenta una novedad muy importante: la información en tiempo real en las transacciones comerciales.

Desde Gespymes, nos encargamos del suministro inmediato del IVA para cualquier empresa. Nos preocuparemos de gestionar los sujetos pasivos que se acogen a esta nueva modalidad, mediante los siguiente libros registro:

  • Libros de registro de facturas, de los expedidos.
  • Libro registro de bienes de inversión.
  • Libro registro de operaciones intracomunitarias determinadas.
  • Cobros y pagos para empresas que estén adscritas al criterio de caja.

Suministro Inmediato de Información del IVA

El SII es un sistema por el que las empresas se ven obligadas a enviar, en el momento exacto, la información necesaria para liquidar el IVA. Este proceso se va a realizar desde página web de la Agencia Tributaria, teniéndose que presentar la información requerida en máximo 4 días.

La información que hay que enviar no requerirá de ningún documento, presentando la factura será suficiente. Desde Gespymes, todos estos trámites se realizarán cada vez que se necesiten, en el momento idóneo, por lo que no tendrás que preocuparte de hacer grandes papeleos para la devolución mensual correspondiente, cosa que puede llegar a ser bastante pesada.

Es importante recordar que este tipo de sistema lo tendrán que aplicar solo algunas empresas. Concretamente, las que funcionan por el sistema de liquidación mensual del IVA, que se dará en los siguientes supuestos:

  • Empresas que muevan grandes cantidades de dinero. Las empresas con operaciones de cifras mayores a 6 millones de euros se verán obligadas a implementar el sistema de suministro inmediato de información del IVA.
  • Autónomos que se hayan acogido voluntariamente a este tipo de sistema. En estos casos, puede haber sanciones si se quiere volver al sistema tradicional.
  • Empresas acogidas el Régimen especial del IVA.

 

Acogerse a este sistema trae consigo muchas ventajas, entre las que destaca no tener que presentar los modelos 340, 347 y 380, pudiendo ahorrarse mucho tiempo y posibles sanciones por rellenar mal o a destiempo dichos modelos.

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