El sector de la construcción ha sido, es y será uno de los pilares fundamentales de la economía en nuestro país, aportando además un gran número de puestos de trabajo en diferentes ámbitos. Por eso, en este artículo queremos hacer hincapié en uno de los puntos relacionados con la gestión en este sector: la retención de obra.
La retención de obra consiste en minorizar un porcentaje del coste total de una obra, a favor de la empresa que ha contratado el servicio, de forma que actúa como una garantía anual que cubre los defectos de la construcción y otras contingencias recogidas en el artículo 17.1 de la LOE.
En el sector de la construcción es muy frecuente que la parte contratante aplique esta retención de garantías para cubrir los posibles costes que haya por defectos en la obra. Si ha pasado un año y no ha ocurrido nada, el cliente debería devolver a la empresa las cantidades que ha ido reteniendo en cada una de las facturas, que generalmente se trata de un 5%.
Como se debe hacer la facturación de retenciones de obras
Las retenciones por obra forman parte del precio. Eso sí, en el desglose se resta sobre este, de forma que al hacer la factura el contratista debe tener la retención en negativo.
Existen dos maneras de facturar las retenciones:
- Si la obra está entregada, las retenciones deben de restarse sobre el importe final de la factura, incluyendo el IVA también. Es decir, la retención en este caso estaría exenta del IVA.
- Si la obra está todavía en curso, las retenciones deben restarse de la base imponible de la factura. Así pues, esta retención va con IVA, ya que la resta se hace antes de aplicarse dicho impuesto.
En Gespymes te ayudamos a gestionar las retenciones de garantía de tus obras, ya que disponemos de un sistema para calcularlas en las facturas, y un apartado específico para poder gestionar dichas retenciones.